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Ecuador

 

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En las jornadas, que se llevarán a cabo del 26 al 29 de mayo, estarán presentes la Cancillería de Colombia, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las víctimas y la Unidad de Restitución de tierras.


Si está interesado en los beneficios de la Ley de Víctimas, durante esta jornada de atención la Cancillería realizará toma de declaración y asimismo orientará e informará sobre los derechos de la población víctima del conflicto armado en Colombia. 


De igual manera, la Unidad para las víctimas entregará información sobre los casos recibidos, realizará actualizaciones de datos, comunicará los estados de los procesos de indemnización y recibirá las solicitudes de retorno según lo establecido por la Ley de Víctimas. 


Por su parte, la Unidad de Restitución de tierras, entregará información relacionada con el proceso de restitución de tierras que se está llevando a cabo en Colombia, socializará los decretos de ley étnicos con la población, recolectará información y recibirá solicitudes individuales de ingreso al registro de tierras. 

 

RESUMEN DE LAS JORNADAS
¿Cuándo?

Desde el jueves 26 al domingo 29 de mayo de 2016.

¿Dónde?
Instalaciones del FEP (Fondo Ecuatoriano Populorum Progressio) sobre la calle Orellana ubicada al respaldo del Banco Coopdesarrollo.  

¿En qué horario?
De 8:30 am a 6 pm


La atención a las personas interesadas se realizará por orden de llegada, priorizando así a las mujeres estado de embarazo, adulto mayor y personas en condición de discapacidad.

 

Tenga en cuenta los siguientes plazos para hacer su declaración
Por hechos ocurridos entre el año 1985 y el 10 de junio de 2011 la declaración debe rendirse antes del 10 de junio de 2017.


Para los hechos ocurridos con posterioridad al 10 de junio de 2013, los residentes en el exterior deberán presentar la declaración ante los consulados en un término de dos años contados a partir de la fecha de ocurrencia del hecho.


En todo caso, en el evento de fuerza mayor que haya impedido a la víctima presentar la solicitud de registro en el término establecido, el mismo se empezará a contar desde el momento en que cesen las circunstancias que motivaron tal impedimento, para lo cual deberá informar de ello al Consulado, quien a su vez remitirá tal información a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. 

 

 

Nota

Jornada especial de atención a las víctimas del conflicto en Nueva Loja, Ecuador

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