4. NACIONALIDAD COLOMBIANA
4.1 ¿Quiénes son nacionales colombianos?

Quienes hayan nacido en Colombia y cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
• Que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos.
• El hijo de extranjeros cuyos padres - o al menos uno de ellos - estuviere “domiciliado” en Colombia, en el momento de su nacimiento.
Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y luego se domiciliaren en territorio colombiano o se registraren en una oficina consular de la República.

4.2 Recuperación de la nacionalidad

¿Quiénes pueden recuperar la nacionalidad colombiana?

Los colombianos por nacimiento que la hayan perdido como consecuencia de:
• La aplicación del artículo 9º. de la Constitución de 1.886, que señalaba: “La calidad de nacional colombiano se pierde por adquirir Carta de Naturaleza en un país extranjero, fijando en él domicilio”.
• Haber renunciado a la nacionalidad colombiana de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 43 del 1º. de febrero de 1.993.
¿Cómo se puede recuperar la nacionalidad colombiana?

Los colombianos por nacimiento deberán presentar:
• Solicitud expresa ante el Consulado de Colombia en el Exterior, en la que manifiesten la voluntad de acatar la Constitución y las leyes de la República y si posee otra nacionalidad hacer mención de ésta.
• Cédula de ciudadanía o Registro Civil de Nacimiento mediante el cual pruebe que tuvo nacionalidad colombiana por nacimiento.
• Cuatro (4) fotografías a color de 4x5 cm. Los colombianos por adopción que deseen recuperar su nacionalidad deberán presentar entre otros los siguientes documentos:
- Solicitud expresa ante el Consulado de Colombia en Panamá, en el que manifieste su voluntad de acatar la Constitución y las leyes de la República y si posee otra nacionalidad hacer mención de ésta.

- Cédula de ciudadanía u otro documento mediante el cual pruebe que tuvo nacionalidad colombiana por adopción.
- En el Consulado de Colombia se adicionará la información correspondiente a los demás requisitos.

4.3 Renuncia a la nacionalidad colombiana

Los nacionales colombianos tanto por nacimiento como por adopción tienen derecho a renunciar a la nacionalidad colombiana. Para efectos de renunciar a la nacionalidad, el interesado debe dirigirse ante el Cónsul competente de la circunscripción de su domicilio y presentar los siguientes documentos:
• Solicitud de renuncia que deberá contener nombres y apellidos completos del interesado.
• Cuatro fotos 4x5 cms.
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía y del pasaporte colombiano vigente, si lo ha tramitado.
• Documento idóneo por medio del cual demuestre que posee otra nacionalidad o que la está tramitando.
• Los mayores de 18 años, deberán presentar certificado de buena conducta vigente, expedido por autoridad competente.
• Los menores de edad podrán renunciar a la nacionalidad colombiana por intermedio de quienes ejercen conjuntamente o separadamente la patria potestad.
• Deben presentar para tal efecto, Registro Civil de Nacimiento mediante el cual se compruebe la filiación. De otra parte, se deberá demostrar mediante los documentos pertinentes, que se ejerce separadamente la patria potestad, si es del caso. Se exigirá la entrega de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad y del pasaporte vigente en el momento en que se notifica al interesado del Acta de Renuncia.

IMPORTANTE
Las personas que obtuvieron nacionalidad de otro país después del 4 de julio de 1.991, no perdieron su calidad de nacionales, a menos que hayan renunciado a la nacionalidad colombiana ante el Cónsul colombiano acreditado en ese país. Por lo mismo, quienes se encuentran en esta circunstancia no tienen que iniciar el trámite de recuperación de la nacionalidad colombiana.

Para adelantar cualquier diligencia que requiera de la presentación del Registro Civil de Nacimiento, se deberá presentar el que acredite la filiación. No serán admitidos extractos de registros civiles de nacimiento.

5. ESTUDIANTES COLOMBIANOS EN PANAMÁ

Quienes vayan a adelantar estudios universitarios o postgrados en universidades en Panamá deberán tener en cuenta todos los aspectos relacionados con la convalidación de títulos y homologación de programas de estudio de acuerdo con las normas vigentes en Colombia y en Panamá.

Fuente

COMPILACION REALIZADA POR EMPERATRIZ BENEDETTI ARZUZA

Fecha de Publicación