¿Qué es?
 La ley presentada al Congreso de la República es un instrumento que tendrá el Estado colombiano, y cuyo objeto será garantizar procesos de justicia con las víctimas del conflicto, e implementar medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas.
 ¿A quiénes cobija?
 Cobija a las víctimas de violaciones de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, personas afectadas por guerrillas, grupos paramilitares y agentes del Estado, que tendrán la posibilidad de reclamar ante el Comité de Reparaciones Administrativas sus derechos como víctimas.
 Bajo el principio de corresponsabilidad, éstas deberán suministrar información veraz y completa a las autoridades encargadas de hacer el registro y seguimiento de su situación, o la de su hogar, por lo menos una vez al año.
 Puntos destacados
 La propuesta presentada permite la inclusión de víctimas de agentes estatales, a quienes reconoce la necesidad de obtener justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición en relación con los delitos cometidos.
 El planteamiento establece el derecho que tienen de ser reparadas y el deber del Estado de repararlas de una manera integral; es decir, que contemple no sólo la reparación simbólica si no material proporcional al daño sufrido.
 En ese sentido la ley recopila los criterios generales recomendados por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación para la reparación de las víctimas.
 Para la reparación por vía administrativa se creará un Comité Jurídico integrado por cinco juristas destacados, con calidades de magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
 Observa la ley la importancia de la complementariedad de la vía judicial y administrativa para lograr las reparaciones. Señala la importancia de que el Estado garantice la información de asesoría y el apoyo por parte de entidades y organizaciones dispuestas para ello.
 ¿Cómo se aplicará?
 El texto también propone la disposición de medidas especiales para la protección de las víctimas en desarrollo de los procesos judiciales garantizando sus derechos a la vida, integridad y libertad personal.
 El documento establece disposiciones en materia asistencial y de ayuda humanitaria.
 Con esta nueva ley, el Gobierno incluirá a las víctimas de agentes estatales y cobijará las medidas de reparación que integrantes de la Fuerza Pública no tengan en sus regímenes especiales.
 La autoridad judicial podrá disponer de medidas de protección a las víctimas y familiares de las mismas en los procesos judiciales, mediante la reserva de su identidad y con la implementación de seudónimos.
 La Ley de Víctimas plantea medidas específicas para la restitución de bienes y vivienda a las personas afectadas por la violencia, asimismo plantea las medidas y facultades para reversar el despojo de tierras.
 El texto prevé la exención de la prestación del servicio militar a las personas afectadas por el conflicto, “salvo en caso de guerra exterior, sin perjuicio de la obligación de inscribirse y pagar cuota de compensación militar, por un lapso de tres años contados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley”, dice el proyecto.
 ¿Quiénes serán los encargados de su aplicación?
 El Gobierno, a través de la norma, propone la creación de un Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el cual será integrado por entidades públicas del Gobierno y estatales que formularán y ejecutarán las acciones tendientes a la reparación integral de las víctimas.
 El sistema contará con dos instancias: la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y un Comité Ejecutivo.
 La Unidad Administrativa será la entidad coordinadora del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, tendrá sede en Bogotá y será coordinada por la Vicepresidencia de la República.
 El Gobierno diseñará el Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el cual será adoptado mediante documento Conpes, y deberá ponerse en marcha en un término no mayor a 6 meses contados a partir de la promulgación de la ley.
 También existirá una Red Nacional de Información para la Atención y Reparación de las Víctimas, encargada de garantizar “una rápida y eficaz información nacional y regional sobre las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, la identificación y el diagnóstico de las circunstancias que ocasionan daño a las víctimas”, según dice el documento.
El proyecto incluye la prioridad de las víctimas del despojo, abandono, pérdida o menoscabo de tierras para acceder a programas de mejoramiento o subsidio de vivienda establecidos por el Estado, sin que se descono

Fuente

COMISIÓN NACIONAL DE REPARACIÓN Y RECONCILIACIÓN

Fecha de Publicación