Los menores de edad colombianos y extranjeros, titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar para salir del país permiso suscrito por el padre o los padres que no viajan con el menor.
Todos los permisos deben contener la siguiente información:
- Lugar de destino.
- Propósito del viaje.
- Fecha de salida y de regreso al país.
- Nombre de la persona con quien viaja.
Si el padre o madre se encuentran en Colombia el permiso debe estar suscrito ante notario público. Si se encuentra en el exterior, debe estar suscrito ante el cónsul colombiano. Si no es posible ubicar un consulado cerca a su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito por la autoridad pública o quien haga sus veces y pueda certificarlo; estar debidamente apostillado y ser presentado en original.
Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el certificado de defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor conforme a la ley.
Los menores adoptados deben presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
Los padres en conflicto deben presentar permiso expedido por el juez de familia. Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada. Si el permiso está otorgado por escritura pública, debe presentarse copia de la misma con la certificación de su vigencia.
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