Para poder votar, en primer lugar, usted tiene que tener la nacionalidad de uno de los países que han firmado el convenio de reciprocidad con España (Colombia, Perú, Ecuador, Chile, Paraguay, Bolivia, Nueva Zelanda y Noruega).
■ Además, debe tener al menos cinco años de residencia legalacreditada en España.
■ Si lleva cinco años y está renovando su tarjeta (tramitando la permanente), tiene que pedir un certificado de residencia en las oficinas de extranjería de la policía.
Si usted vive en Madrid está ubicada en la calle San Felipe, 7-9 (metro Tetuán, teléfono: 915 701 824),
en Barcelona: Paseo de San Juan, 189 (teléfono: 935 201 410),
en Valencia: calle Del Gremis, 6 (teléfono: 963 707 456).
■ Si usted está nacionalizado, evidentemente, podrá votar y no tendrá que hacer ningún trámite de inscripción.
■ Si no le ha llegado la carta a su domicilio (posiblemente porque se cambió de casa en los últimos meses), tendrá que acercarse a la junta de distrito de su barrio o al Ayuntamiento si reside en una localidad pequeña con el original y una copia de su NIE.
■ Cualquier duda sobre este proceso se la podrán resolver en el 901 101 900 que es la Oficina del Censo Electoral.
■ Si tiene algún otro problema con llevar a cabo esta inscripción mándenos un correo a tuvoz@enlatino.com
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