
Los colombianos el exterior que requieran asistencia o protección consular, podrán acudir, en caso de que no exista un Consulado de Colombia en su ciudad de residencia, al consulado de cualquier otro país andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú) que sí disponga de esa representación diplomática y recibir toda la ayuda como si se tratara de un nacional.
Este significativo avance ha sido posible gracias a la aprobación del reglamento de la Decisión 548 “Mecanismo Andino de Cooperación en materia de Asistencia y Protección Consular y Asuntos Migratorios” el cual busca facilitar y garantizar la asistencia consular de ciudadanos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú en terceros países.
Este reglamento regula el procedimiento mediante el cual los ciudadanos de la Comunidad Andina accederán a la asistencia consular comunitaria fuera del espacio comunitario.
El Grupo Interno de Trabajo de Colombia Nos Une por medio del Eje de Migración Ordenada y Regulada continuará informando sobre los resultados del trabajo en los espacios multilaterales y bilaterales en materia migratoria en los que participa el Ministerio de Relaciones Exteriores.