De acuerdo a lo establecido en el Convenio de Asociación suscrito por el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, la Fundación Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa - INCYDE y el Ministerio de Relaciones Exteriores, “Programa de Retorno Productivo de Emprendedores Colombianos desde España” que tiene por objetivo: “Aunar esfuerzos humanos, técnicos, administrativos y financieros para capacitar en emprendimiento a los colombianos residentes en España y acompañar el retorno de aquellos que voluntariamente retornen a Colombia”, se informan los criterios de acompañamiento al proceso de retorno que deben tener en cuenta los beneficiarios, una vez se finalice la etapa de formación impartida por la Fundación INCYDE en España:

 

- Comunicar al Programa Colombia Nos Une, a través del correo electrónico colombianosune@cancilleria.gov.co, la información sobre el proceso de retorno a Colombia, para lo cual deben remitir un correo con el asunto: “Programa de Retorno Productivo España”.


El correo electrónico debe contener:

1. Nombres y Apellidos del Emprendedor/Emprendedora.


2. No. Cédula de Ciudadanía.


3. Datos de contacto en Colombia (Teléfonos fijos y/o móviles).


4. Municipio al que retorna.


5. Si es el caso, listado de familiares con los que retorna desde España.


6. Necesidades del Emprendedor/Emprendedora y/o de los familiares con los que retorna, para ser orientados en el proceso de retorno. (Acceso a salud, acceso a educación media, convalidación de títulos y/o trámites ante entidades públicas).

 

Una vez el Programa Colombia Nos Une tenga conocimiento del retorno de los beneficiaros se contactará con estos para acompañarlos en su proceso de retorno y orientarlos según sea el caso.

 

Por otra parte, acerca de la Ley 1565 del 31 de julio de 2012, por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero, se debe tener en cuenta que esta se encuentra siendo reglamentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual se ha avanzado en la elaboración de un Proyecto de Decreto Reglamentario que fue enviado a la Presidencia de la República, para el proceso de firma por parte de los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos competentes.

 

Una vez sea sancionado el mencionado decreto se divulgará a través de este Portal, con el fin de informar a los connacionales interesados sobre cómo aplicar a los beneficios establecidos en la Ley.

 

Sobre los incentivos tributarios establecidos por la Ley 1565 de 2012 es importante tener en cuenta que si se desean obtener dichos beneficios y se retorna antes de que la Ley sea reglamentada, la DIAN aplicará los tributos que se encuentran vigentes en el Estatuto Aduanero (Decreto 2685 de 1999).

 

Para el acompañamiento en materia de Emprendimiento, el SENA informa a los beneficiarios que podrán continuar con el proceso a través de las Unidades de Emprendimiento de forma virtual mientras se encuentren en España y una vez regresen al país. En este sentido, se gestionó la asignación y distribución de los Gestores de Emprendimiento de los beneficiarios, de acuerdo con los Departamentos y Municipios de retorno que fueron reportados en el proceso de formación en España. 

 

La información de los Gestores Asignados al proceso de acompañamiento, los Centros de Formación del SENA, Unidades de Emprendimiento y datos de contacto están publicados en este Portal. Para conocer dicha información lo invitamos a descargar el archivo: Asignación Gestores SENA.

 

Los servicios que estarán a disposición en las Unidades de Emprendimiento del SENA serán principalmente los siguientes:

 

1. Asesoría para ajustar los planes de negocio formulados a la realidad económica y social de las diferentes zonas geográficas colombianas donde se implementarán los negocios propuestos: Apoyada por los Gestores asignados, en donde se busca guiar al emprendedor; ofrecer asesoría y asistencia técnica y grupal del plan de negocio proyectado por el emprendedor, y la organización y logística para la creación y puesta en marcha de la actividad empresarial, de forma que se determine las operaciones de la empresa en un periodo determinado, la toma de decisiones en su diario accionar y la búsqueda de diferentes fuentes de financiación. El asesor en coordinación con el emprendedor acordará la periodicidad y el cronograma de asesorías previsto tanto de firma virtual como presencial, una vez el beneficiario se encuentre en Colombia.

 

 

2. Fuentes de Financiación: Una vez el beneficiario efectué su proceso de retorno a Colombia, con el acompañamiento de la Unidad de Emprendimiento se podrán adelantar acciones para la búsqueda de fuentes de financiación, dentro de las que se encuentra el Fondo Emprender como una de las fuentes disponibles en Colombia para iniciar empresa. En el caso del Fondo Emprender, la Convocatoria Nacional No. 26 fue abierta para beneficiar a cualquier colombiano que tome la decisión de retornar al país y que pueda acreditar los requisitos de la legislación vigente. Con respecto a los requisitos para acceder a cualquier fuente de financiación, el interesado deberá encontrarse en Colombia para realizar los trámites necesarios ante la ley y las instituciones que se articulan en el ecosistema del emprendimiento. 

 

3. Salas EmprendeT: Son espacios adicionales para promover las acciones de emprendimiento y que estarán a disposición de los beneficiarios del Programa. Las Salas EmprendeT, son lugares de atención integral en Emprendimiento y Empresarismo, en las que los emprendedores podrán acceder a soluciones de información, bibliografía, tecnología, espacios para reuniones y ruedas de negocios, asesoría a planes de negocio, integración a redes y programas de acompañamiento empresarial. Las salas además de las áreas de atención al público, tendrán para uso de los beneficiarios una Sala de Juntas, que estará disponible para aquellos emprendedores que deseen hacer alguna reunión con posibles clientes o proveedores, ruedas de negocio o actividades que ameriten el uso de la misma; una Biblioteca que dispondrá de un material de emprendimiento para consulta exclusiva dentro de la sala; cubículos para asesorías, donde se brindará el servicio de asesoría al igual que en las Unidades de Emprendimiento.  En este momento el SENA se encuentra en la instalación de 42 Salas EmprendeT a nivel nacional y estarán abiertas al público de Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:30 pm.

 

4. Certificación de la Formación realizada en España: El proceso de formación en emprendimiento realizado en España con la Fundación INCYDE, será certificado a los beneficiarios que culminaron exitosamente el proceso. Una vez le sea entregado el certificado al beneficiario por parte de la Fundación INCYDE, se procederá a informar el proceso que debe adelantar cada uno de los beneficiarios para recibir la certificación correspondiente del SENA.

 

Por último, es importante tener en cuenta que la gestión que realizan las entidades consiste en brindar acompañamiento al proceso de retorno de los colombianos en España, que han tomado la decisión voluntaria de volver al país sin que esta esté condicionada al recibimiento de un incentivo. De acuerdo a lo anterior y tal como se socializó, uno de los requisitos para ser beneficiario del “Programa de Retorno Productivo de Emprendedores Colombianos desde España” fue haber decidido previamente retornar a Colombia para emprender, razón por la cual el presente proyecto solo busca ser un acompañamiento adicional en el proceso de retorno.

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