
Colombia
Un programa de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería se encarga de prestar acompañamiento y orientación a aquellos colombianos que regresan del exterior y a sus familias. A través del trabajo interinstitucional, este Programa activa rutas de apoyo y ayuda en la estabilización de los connacionales en el país.
Si usted es un colombiano que ha retornado del exterior o está contemplando esa posibilidad, esta información le interesa:
1. ¿Dónde encuentran orientación sobre su retorno a Colombia?
En el Centro de Referenciación y Oportunidades para el Retorno - CRORE del programa Colombia Nos Une de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, en Bogotá D.C.
Este CRORE funciona en la sede de la Cancillería colombiana: carrera 6 #9-46, y también ofrece orientación en el Centro Integral de Atención al Migrante de la Alcaldía Mayor de Bogotá ubicado en la calle 35 #21 -19
En el CRORE se presta atención los martes y viernes, de 9 a.m. a 12m. y de 2 a 4 p.m.
El Centro Integral de Atención al Migrante, operado por la Secretaría Distrital de Integración Social, fue creado para atender a personas u hogares migrantes y extranjeros en condición de vulnerabilidad.
2. ¿Qué es un CRORE?
Un Centro de Referenciación y Oportunidades para el Retorno - CRORE es una oficina asesora del programa Colombia Nos Une de la Cancillería.
Presta orientación a los colombianos que retornan del exterior sobre los servicios de Colombia Nos Une y sobre la Ley Retorno.
3. ¿Qué es la Ley Retorno?
La Ley 1565 de 2012 o Ley Retorno tiene como objetivo brindar acompañamiento a aquellos colombianos que retornan al país.
4. ¿Qué requisitos deben cumplir para ser beneficiarios de la Ley?
Los requisitos son:
- Ser colombiano mayor de edad.
- Haber vivido por lo menos tres años en el exterior.
- No tener condenas vigentes en Colombia ni en el exterior.
- Llevar menos de un año en Colombia después de haber retornado.
5. ¿Qué beneficios otorga esta Ley?
Entre los beneficios se encuentran:
- Exenciones de impuestos para el traslado de bienes.
- Definición de la situación militar
- Orientación en el retorno y en la estabilización en Colombia.
- Entre otros
6. ¿Cómo aplicar a esta Ley?
Debe diligenciar Registro Único de Retorno - RUR en: www.colombianosune.com
Es muy importante que dejen datos de contacto reales y en constante uso para contactarlos en el futuro.
7. ¿Qué pasa después?
Su solicitud es revisada por la Comisión Intersectorial para el Retorno- CIR, de la cual hacen parte varias entidades gubernamentales.
Esta Comisión se reúne el último jueves de cada mes.
A su correo electrónico llegará la respuesta.
8. ¿Qué es Colombia Nos Une?
Es un programa de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, que trabaja en el acompañamiento y vinculación de los colombianos en el exterior y aquellos que retornan al país.
Más información en: www.colombianosune.com/retorno
Ocho datos que deben conocer los colombianos que retornan del exterior a Bogotá D.C. o Cundinamarca